< Levítico 13 >

1 Y habló Jehová a Moisés, y a Aarón, diciendo:
El Señor le dijo a Moisés y a Aarón:
2 El hombre, cuando hubiere en el cutis de su carne hinchazón, o postilla, o mancha blanca, que hubiere en el cutis de su carne como llaga de lepra, será traído a Aarón el sacerdote, o a uno de los sacerdotes sus hijos.
“Cualquiera que tenga una hinchazón, un sarpullido o una mancha en la piel que pueda ser una enfermedad infecciosa de la piel debe ser llevado a Aarón el sacerdote o a uno de sus descendientes.
3 Y el sacerdote mirará la llaga en el cutis de la carne: si el pelo en la llaga se volvió blanco, y la llaga pareciere más profunda que la tez de la carne, llaga de lepra es; y el sacerdote lo mirará, y le dará por inmundo.
El sacerdote inspeccionará lo que sea que esté en la piel. Si el pelo se ha vuelto blanco y si el problema parece ser más que algo en la superficie, es una enfermedad grave de la piel, y el sacerdote que lo inspeccione declarará a la persona impura.
4 Y si en el cutis de su carne hubiere mancha blanca, mas no pareciere más profunda que la tez, ni su pelo se hubiere vuelto blanco, entonces el sacerdote encerrará al llagado siete días.
“Pero si la mancha es sólo una decoloración blanca y no parece ser más que superficial, y si el pelo de la mancha no se ha vuelto blanco, el sacerdote pondrá a la persona en aislamiento durante siete días.
5 Y al séptimo día el sacerdote lo mirará: y si la llaga a su parecer, hubiere estancado, que la llaga no hubiere crecido en el cutis, entonces el sacerdote le encerrará por siete días la segunda vez.
Al séptimo día el sacerdote realizará otra inspección, y si descubre que la mancha no ha cambiado y no se ha extendido sobre la piel, el sacerdote debe poner a la persona en aislamiento durante otros siete días.
6 Después el sacerdote la mirará al séptimo día la segunda vez; y si parece haberse oscurecido la llaga, y que no ha crecido la llaga en el cutis, entonces el sacerdote le dará por limpio: postilla era, y lavará sus vestidos, y será limpio.
Al séptimo día después de esto el sacerdote lo inspeccionará de nuevo. Si la mancha se ha desvanecido y no se ha extendido sobre la piel, el sacerdote declarará a la persona limpia ya que era un sarpullido. Deben lavar su ropa y estarán limpios.
7 Mas si creciendo hubiere crecido la postilla en el cutis después que fue mostrado al sacerdote para ser limpio, será mirado otra vez del sacerdote:
Sin embargo, si el sarpullido se extiende después de que la persona ha sido inspeccionada por el sacerdote y ha sido declarada limpia, la persona debe volver para ser inspeccionada de nuevo.
8 Y el sacerdote lo mirará, y si la postilla hubiere crecido en el cutis, el sacerdote le dará por inmundo, lepra es.
Si el sacerdote descubre que el sarpullido se ha propagado, debe declarar a la persona impura porque es ciertamente una enfermedad de la piel.
9 Cuando hubiere llaga de lepra en el hombre, será traído al sacerdote;
“Cualquier persona que desarrolle una enfermedad infecciosa de la piel debe ser llevada al sacerdote.
10 Y el sacerdote mirará, y si pareciere hinchazón blanca en el cutis, la cual haya vuelto el pelo blanco, y hubiere sanidad de carne viva en la hinchazón,
El sacerdote los inspeccionará, y si hay una hinchazón blanca en la piel y el pelo se ha vuelto blanco, y hay una herida abierta en la hinchazón,
11 Lepra es envejecida en el cutis de su carne, y darle ha por inmundo el sacerdote, y no le encerrará, porque es inmundo.
es una enfermedad grave de la piel y el sacerdote debe declararlos inmundos. No necesita poner a la persona en aislamiento porque sea impura.
12 Mas si la lepra hubiere reverdecido en el cutis, y la lepra cubriere todo el cutis del llagado desde su cabeza hasta sus pies a toda vista de ojos del sacerdote,
“Sin embargo, si la enfermedad de la piel afecta a toda su piel de manera que cubre su piel de la cabeza a los pies, en todos los lugares que el sacerdote pueda ver,
13 Entonces el sacerdote mirará, y si la lepra hubiere cubierto toda su carne, dará por limpio al llagado: todo es vuelto blanco: limpio es.
el sacerdote los inspeccionará, y si la enfermedad ha cubierto todo su cuerpo, declarará a la persona limpia. Como todo se ha vuelto blanco, están limpios.
14 Mas el día que pareciere en él la carne viva, será inmundo.
Pero si al inspeccionar a alguien se encuentra una herida abierta, serán inmundos.
15 Y el sacerdote mirará la carne viva, y darle ha por inmundo. ¿Carne viva es? inmundo es: lepra es.
Cuando el sacerdote descubre una herida abierta, debe declarar a la persona impura. La herida abierta es impura; es una enfermedad infecciosa de la piel.
16 Mas cuando la carne viva tornare, y se volviere blanca, entonces vendrá al sacerdote;
Pero si la herida abierta se cura y se vuelve blanca, la persona debe volver al sacerdote.
17 Y el sacerdote mirará, y si la llaga se hubiere tornado blanca, el sacerdote dará la llaga por limpia, y él será limpio.
El sacerdote los inspeccionará de nuevo, y si la herida se ha vuelto blanca, el sacerdote debe declarar a la persona limpia; entonces están limpios.
18 Y la carne cuando hubiere en ella, en su cutis alguna apostema, y se sanare.
“Cuando un forúnculo aparece en la piel de una persona y luego se cura,
19 Y sucediere en el lugar de la apostema hinchazón blanca, o mancha blanca en bermejecida, será mostrado al sacerdote.
y en su lugar aparece una hinchazón blanca o una mancha blanca-rojiza, debe mostrarse al sacerdote.
20 Y el sacerdote mirará, y si pareciere estar más baja que su tez, y su pelo se hubiere vuelto blanco, el sacerdote le dará por inmundo: llaga de lepra es, que reverdeció en la apostema.
El sacerdote lo inspeccionará, y si parece ser más que algo en la superficie, y si el pelo allí se ha vuelto blanco, el sacerdote lo declarará impuro. Es una enfermedad grave de la piel que ha infectado el furúnculo.
21 Y si el sacerdote la considerare, y no pareciere en ella pelo blanco, ni estuviere más baja que la tez, antes estuviere oscura, entonces el sacerdote le encerrará por siete días.
Sin embargo, si cuando el sacerdote lo inspeccione, no tiene pelo blanco en él y no parece ser más que superficial, y se ha desvanecido, el sacerdote deberá poner a la persona en aislamiento durante siete días.
22 Y si se fuere extendiendo por el cutis, entonces el sacerdote le dará por inmundo: llaga es.
Si entonces la mancha se ha extendido más en la piel, el sacerdote las declarará impuras; es una enfermedad.
23 Empero si la mancha blanca se estuviere en su lugar, que no haya crecido, quemadura de la apostema es: y el sacerdote le dará por limpio.
Pero si la mancha permanece igual y no se extiende, es sólo la cicatriz del furúnculo, y el sacerdote las declarará limpias.
24 Ítem, la carne cuando en su cutis hubiere quemadura de fuego, y hubiere en la sanadura del fuego mancha blanca, bermeja, o blanca.
“Si alguien tiene una quemadura en la piel y donde está abierta se convierte en una mancha blanca o rojiza,
25 El sacerdote la mirará, y si el pelo se hubiere vuelto blanco en la mancha, y pareciere estar más profunda que la tez, lepra es que reverdeció en la quemadura, y el sacerdote le dará por inmundo: llaga de lepra es.
el sacerdote debe revisarla. Si el vello que crecesobre la mancha se ha vuelto blanco y la mancha parece ser más profunda, es una enfermedad grave de la piel que ha infectado la quemadura, y el sacerdote que la inspeccione declarará a la persona impura. Es una enfermedad infecciosa de la piel.
26 Mas si el sacerdote la mirare, y no pareciere en la mancha pelo blanco, ni estuviere más baja que la tez, antes estuviere oscura, encerrarle ha el sacerdote siete días:
Sin embargo, si cuando el sacerdote la inspeccione, no tiene pelo blanco en ella y no parece ser más que superficial, y se ha desvanecido, el sacerdote deberá poner a la persona en aislamiento durante siete días.
27 Y al séptimo día el sacerdote la mirará: si se hubiere ido extendiendo por el cutis, el sacerdote le dará por inmundo: llaga de lepra es.
Al séptimo día el sacerdote examinará a la persona de nuevo. Si entonces la mancha se ha extendido más en la piel, el sacerdote la declarará impura; es una enfermedad grave de la piel.
28 Empero si la mancha se estuviere en su lugar y no se hubiere extendido en el cutis, antes estuviere oscura, hinchazón es de la quemadura: el sacerdote le dará por limpio, que señal de la quemadura es.
Pero si la mancha permanece igual y no se ha extendido sobre la piel, sino que se ha desvanecido, es la hinchazón de la quemadura, y el sacerdote los declarará limpios porque es sólo la cicatriz de la quemadura.
29 Ítem, cualquier hombre o mujer que le saliere llaga en la cabeza, o en la barba,
“Si alguien, hombre o mujer, tiene una llaga en la cabeza o en el mentón,
30 El sacerdote mirará la llaga, y si pareciere estar más profunda que la tez, y el pelo en ella fuere rubio, delgado, entonces el sacerdote le dará por inmundo: tiña es, lepra es de la cabeza o de la barba.
el sacerdote la inspeccionará, y si parece ser más que superficial y el pelo en ella se ha vuelto pálido y fino, el sacerdote debe declararlos inmundos; es una infección que produce costras, una enfermedad grave de la cabeza o del mentón.
31 Mas cuando el sacerdote hubiere mirado la llaga de la tiña, y no pareciere estar más profunda que la tez, ni fuere en ella el pelo negro, el sacerdote encerrará al llagado de la tiña siete días:
Sin embargo, si el sacerdote inspecciona la infección de la costra y no parece ser más que superficial y no tiene vello pálido, el sacerdote debe poner a la persona en aislamiento durante siete días.
32 Y al séptimo día el sacerdote mirará la llaga, y si la tiña no pareciere haberse extendido, ni hubiere en ella pelo rubio, ni pareciere la tiña más profunda que la tez,
El séptimo día el sacerdote inspeccionará a la persona de nuevo y si la infección de la costra no se ha extendido y no hay pelo pálido en ella, y no parece ser más que superficial,
33 Entonces trasquilarle han, mas no trasquilarán la tiña: y encerrará el sacerdote al que tiene la tiña por siete días la segunda vez.
entonces la persona debe afeitarse excepto en la zona escamosa. El sacerdote debe poner a la persona en aislamiento por otros siete días.
34 Y al séptimo día mirará el sacerdote la tiña, y si la tiña no hubiere crecido en el cutis, ni pareciere estar más profunda que la tez, el sacerdote le dará por limpio, y lavará sus vestidos, y será limpio.
Al séptimo día el sacerdote inspeccionará la infección de la costra, y si no se ha extendido en la piel y no parece ser más que superficial, el sacerdote debe declarar a la persona limpia. Deben lavar su ropa y estarán limpios.
35 Empero si la tiña se hubiere ido extendiendo en el cutis después de su purificación,
Sin embargo, si la infección de la costra se ha propagado en la piel después de haber sido declarada limpia,
36 Entonces el sacerdote la mirará, y si la tiña hubiere crecido en el cutis, no busque el sacerdote el pelo rubio; inmundo es.
el sacerdote debe inspeccionarlos, y si la infección de la costra se ha propagado efectivamente en la piel, el sacerdote no necesita comprobar si hay pelo pálido; la persona está impura.
37 Mas si le pareciere que la tiña se está en su lugar, y que ha salido en ella el pelo negro, la tiña es sana, él será limpio, y el sacerdote le dará por limpio.
Pero si el sacerdote ve que la infección de la costra no ha cambiado, y le ha crecido pelo negro, entonces se ha curado. La persona está limpia, y el sacerdote debe declararlo.
38 Ítem, cualquier hombre o mujer, cuando en el cutis de su carne hubiere manchas, manchas blancas,
Si alguien, hombre o mujer, tiene manchas blancas en la piel,
39 El sacerdote mirará, y si en el cutis de su carne parecieren manchas oscuras blancas, empeine es que reverdeció en el cutis; limpio es.
el sacerdote las inspeccionará, y si las manchas aparecen de un blanco apagado, es sólo un sarpullido que se ha desarrollado en la piel; la persona está limpia.
40 Ítem, el varón cuando se le pelare la cabeza, calvo es, limpio es.
“Si un hombre pierde el pelo y se queda calvo, sigue estando limpio.
41 Y si a la parte de su rostro se le pelare la cabeza, antecalvo es, limpio es.
Si tiene un retroceso del cabello y se queda calvo en la frente, sigue estando limpio.
42 Mas cuando en la calva o en la antecalva hubiere llaga blanca bermeja, lepra es que reverdece en su calva o en su antecalva.
Pero si aparece una llaga rojiblanca en su cabeza o frente calva, es una enfermedad infecciosa que se está desarrollando.
43 Entonces el sacerdote lo mirará, y si pareciere la hinchazón de la llaga blanca bermeja, en su calva o antecalva, como el parecer de la lepra de la tez de la carne,
El sacerdote debe inspeccionarlo, y si la hinchazón de la llaga en su calva o frente se ve rojiblanca como una enfermedad de la piel,
44 Leproso es, inmundo es, el sacerdote le dará luego por inmundo: en su cabeza tiene su llaga.
entonces tiene una enfermedad infecciosa; está sucio. El sacerdote debe declararlo impuro por la infección en su cabeza.
45 Y el leproso en quien hubiere tal llaga, sus vestidos serán rompidos, y su cabeza descubierta, y embozado pregonará: Inmundo, inmundo,
“Cualquiera que tenga tales enfermedades debe usar desgarrada y dejar que su cabello permanezca despeinado. Debe cubrirse la cara y gritar: ‘¡Inmundo, inmundo!’
46 Todo el tiempo que la llaga estuviere en él, será inmundo, inmundo será: habitará solo, su morada será fuera del real.
Permanecen inmundos mientras dure la infección. Tienen que vivir solos en algún lugar fuera del campamento.
47 Ítem, cuando en el vestido hubiere llaga de lepra, en vestido de lana, o en vestido de lino,
“Las siguientes reglamentaciones se refieren a cualquier material que se vea afectado por el moho, como la ropa de lana o lino,
48 O en estambre, o en trama de lino, o de lana, o en piel, o en cualquiera obra de piel;
cualquier cosa tejida o de punto hecha de lino o lana, o cualquier cosa hecha de cuero:
49 Y que la llaga sea verde, o bermeja, en vestido, o en piel, o en estambre, o en trama, o en cualquiera obra de piel; llaga de lepra es, mostrarse ha al sacerdote:
Si la mancha es verde o roja en el material, ya sea cuero, tejido o tejido de punto o algún otro artículo de cuero, entonces está infectado con moho y debe ser mostrado al sacerdote.
50 Y el sacerdote mirará la llaga, y encerrará la cosa llagada siete días:
El sacerdote debe inspeccionar el moho y poner el artículo en aislamiento durante siete días.
51 Y al séptimo día mirará la llaga: y si la llaga hubiere crecido en el vestido, o estambre, o en la trama, o en piel, o en cualquiera obra que se hace de pieles, lepra roedora es la tal llaga: inmunda será.
Al séptimo día el sacerdote deberá inspeccionarlo de nuevo, y si la mancha de moho se ha extendido en el material, ya sea cuero, tejido o tejido de punto o algún otro artículo de cuero, entonces es un moho dañino; el artículo está sucio, sea cual sea el uso que se le dé.
52 Será quemado el vestido, o estambre, o trama de lana, o de lino, o cualquiera obra de pieles, en que hubiere tal llaga; porque lepra roedora es, en fuego será quemada.
El sacerdote debe quemarlo, ya sea que el artículo afectado sea de lana, lino o cuero. Debido a que el moho es dañino, el artículo debe ser quemado.
53 Y si el sacerdote mirare, y no pareciere que la llaga se haya extendido en el vestido, o estambre, o en la trama, o en cualquiera obra de pieles,
Sin embargo, si cuando el sacerdote lo inspeccione de nuevo, el moho no se ha extendido,
54 Entonces el sacerdote mandará que laven donde la llaga está, y encerrarle ha por siete días la segunda vez.
el sacerdote ordenará que el artículo afectado se lave y se ponga en aislamiento durante otros siete días.
55 Y el sacerdote mirará después que la llaga fuere lavada, y si pareciere que la llaga no ha mudado su parecer, ni la llaga ha crecido, inmunda es, quemarla has en fuego: llaga es penetrante en su calva o en su antecalva.
Una vez lavado, el sacerdote debe inspeccionarlo de nuevo, y si el objeto con el molde no ha cambiado su aspecto, está sucio. Aunque el moho no se haya extendido, debe quemar el artículo, tanto si el daño del moho está en el interior como en el exterior.
56 Mas si el sacerdote la viere, y pareciere que la llaga se ha oscurecido después que fue lavada, cortarla ha del vestido o de la piel, o del estambre, o de la trama:
Si el sacerdote lo inspecciona y la mancha de moho se ha desvanecido después de lavarlo, debe cortar la parte afectada el material, ya sea cuero, tejido o tejido de punto.
57 Y si más pareciere en el vestido, o estambre, o trama, o en cualquiera alhaja de pieles reverdeciendo en ella, quemarlo has en el fuego aquello donde hubiere tal llaga.
Sin embargo, si el moho regresa, entonces se está extendiendo. En ese caso debe quemar la parte afectada.
58 Empero el vestido, o estambre, o trama, o cualquiera cosa de piel, que lavares, y que la llaga se le quitare, lavarse ha segunda vez, y entonces será limpia.
Si el moho desaparece después de lavarlo, entonces hay que lavarlo de nuevo, y estará limpio.
59 Esta es la ley de la llaga de la lepra del vestido de lana, o de lino, o del estambre, o de la trama, o de cualquiera cosa de piel, para que sea dado por limpio, o por inmundo.
“Estas son las normas sobre lo que hay que hacer cuando el moho contamina la lana o el lino, ya sea tejido o tejido de punto, o cualquier artículo de cuero, para declararlo limpio o sucio”.

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